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Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia rechaza solicitudes de suspensión reglamento de Roaming Nacional

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Santo Domingo. – La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia falló a favor del Instituto
Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL) mediante sendas resoluciones
rechazando las solicitudes de suspensión del reglamento que regula el servicio de Itinerancia
(Roaming) Automático Nacional (RAN), aprobado por el Consejo Directivo del INDOTEL
mediante Resolución núm. 070-2023.

La referida pieza regulatoria constituye una herramienta que promueve el acceso de los
usuarios, quienes tendrán la oportunidad de recibir una mejor oferta de servicios con mayor
cobertura y permitirá un uso eficiente de la infraestructura de las redes móviles existentes y
del espectro radioeléctrico como recurso natural no renovable.

En términos prácticos, la implementación de este mecanismo de servicio favorecerá a los
usuarios focalizados en las zonas deprimidas de la geografía nacional y permitirá al Estado,
por vía del INDOTEL, satisfacer el derecho de acceso universal sobre todo en aquellos
lugares donde los usuarios de servicios móviles no cuentan con cobertura debido a las
condiciones socioeconómicas de las zonas.

El Roaming Automático Nacional (RAN) se corresponde a la modalidad de prestación de
servicio -mayorista- que permite que un operador entrante o solicitante, bajo ciertas
condiciones, pueda prestar servicios públicos de telecomunicaciones a través del uso de la
infraestructura de redes móviles de una prestadora propietaria de la red visitada, sujeto a la
suscripción de un acuerdo a tales fines, eliminando así barreras de entrada a las nuevas
concesionarias o prestadoras emergentes, a la vez se establecen las condiciones para la
diversidad de ofertas de estos servicios para un segmento importante de la población.

Con la aprobación del indicado reglamento, INDOTEL ha establecido las condiciones
apropiadas para que las operadoras de servicio de telecomunicaciones oferten sus servicios en
forma accesible a los usuarios, se beneficia la interconexión, y se norman los principios y las
condiciones generales para la prestación del servicio de roaming automático en todo el
territorio nacional.

El INDOTEL enfatizó que por vía del indicado reglamento “no sólo garantiza el acceso
igualitario a los servicios de telecomunicaciones en localidades sin cobertura o infraestructura
propia por parte de las prestadoras actuales, sino que también facilita la entrada de nuevos
operadores al mercado”. Destacó que la resolución y el Reglamento RAN fomentan “la
competencia, elimina barreras de entrada para prestadoras emergentes y promueve una mayor
diversidad en la oferta de servicios para un amplio segmento de la población”.